David Cruz Hernandez Mendoza v Amado Kinjiro Yamasaki Hernandez / Amado Yamasaki

Case

WIPO Case No. DMX2019-0006

02-05-2019

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Case Details for WIPO Case DMX2019-0006

WIPO Case Summary

WIPO Case NumberDMX2019-0006
Domain name(s)sttaton.mx
ComplainantDavid Cruz Hernandez Mendoza
RespondentAmado Kinjiro Yamasaki Hernandez / Amado Yamasaki
PanelistTsuru, Kiyoshi
Decision Date02-05-2019
DecisionComplaint denied

Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI

DECISIÓN DEL GRUPO DE EXPERTOS

David Cruz Hernandez Mendoza c. Amado Kinjiro Yamasaki Hernandez, Amado Yamasaki

Caso No. DMX2019-0006

1. Las Partes

El Promovente es David Cruz Hernandez Mendoza, con domicilio en la Ciudad de México, México, representado por Rebeca Rosas, México.

El Titular es Amado Kinjiro Yamasaki Hernandez, Amado Yamasaki, con domicilio en Coral Springs, Florida, Estados Unidos de América (“Estados Unidos”), representado por José Ignacio Jaime García, México.

2. El Nombre de Dominio y el Registrador

La Solicitud tiene como objeto el nombre de dominio <sttaton.mx> (el “nombre de dominio en disputa”).

El Registro del nombre de dominio en disputa es Registry .MX (una división de NIC México) (“Registry .MX”). El Agente Registrador del nombre de dominio en disputa es GoDaddy.com, Inc.

3. Iter Procedimental

La Solicitud se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el “Centro”) el 26 de febrero de 2019 por correo electrónico y el 8 de marzo de 2019 por correo urgente. El 26 de febrero de 2019 el Centro envió a Registry.MX por correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 1 de marzo de 2019 Registry.MX envió al Centro, por correo electrónico, su respuesta confirmando que el Titular es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto del contacto administrativo, técnico y de facturación.

El Centro verificó que la Solicitud cumplía los requisitos formales de la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para “.MX” (la “Política” o “LDRP”), el Reglamento de la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para “.MX” (el “Reglamento”), y el Reglamento Adicional del Centro para la solución de controversias en materia de nombres de dominio (el “Reglamento Adicional”).

De conformidad con el artículo 4 del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Solicitud al Titular, dando comienzo al procedimiento el 12 de marzo de 2019. De conformidad con el artículo 5 del Reglamento, el plazo para contestar la Solicitud se fijó para el 1 de abril de 2019. La Contestación fue presentada en fecha 29 de marzo de 2019.

El Centro nombró a Kiyoshi Tsuru como miembro único del Grupo de Expertos el día 10 de abril de 2019, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con el artículo 9 del Reglamento. El Experto considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento.

4. Antecedentes de Hecho

El Promovente afirma que es propietario de la empresa Sttaton, dedicada a la prestación de servicios corporativos y de seguros, incluidos los servicios de consultoría y de agencia de seguros para evaluaciones de riesgo.

El Promovente afirma que es titular de los siguientes registros de marca:

Marca

No. de Registro

Fecha de presentación

Fecha de registro

Clase

Jurisdicción

Titular

1848807

09 de octubre de 2017

21 de febrero de 2018

9

México

David Cruz Hernández Munguía

1848808

09 de octubre de 2017

21 de febrero de 2018

36

México

David Cruz Hernández Munguía

1848809

09 de octubre de-2017

21 de febrero de 2018

42

México

David Cruz Hernández Munguía

1848810

09 de octubre de 2017

21 de febrero de 2018

45

México

David Cruz Hernández Munguía

5605626

12 de marzo de 2018

13 de noviembre de 2018

35, 36,
42, 45

Estados Unidos

David Cruz Hernández Munguía

5570269

20 de febrero de 2018

25 septiembre de -2018

35, 36,
42, 45

Estados Unidos

David Cruz Hernández Munguía

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